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Documentación con destino a
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Desde el Consejo Federal del Notariado Argentino se ha informado que la Dirección Técnica Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto ha comunicado que las autoridades Egipcias finalmente han resuelto que sólo aceptarán la documentación legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, absteniéndose de aplicar y/o reconocer los Convenios existentes con el CFNA por los que se delegan dichas facultades en los Colegios Notariales.
Como resultado de esa decisión, los Colegios no deben intervenir en la legalización internacional, de documentación que tenga como destino a Egipto.
Asimismo, se cumple en recordar que la misma situación se presenta respecto de los documentos dirigidos a Canadá y a China.
De igual manera, recordamos en lo referente a documento para a apostillar con destino a Ucrania, que desde el CFNA nos han remitido nota de la dirección general de asuntos consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, solicitando la derivación a ese Ministerio de cualquier documento que se presente para su apostillado/legalización con validez internacional, con destino a Ucrania, debiendo por lo tanto los Colegios notariales abstenerse de intervenir.
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