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DECISION ADMINISTRATIVA N°467/20 DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS Y CAJA NOTARIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO INFORMA:
Que en cumplimiento de la DA N°467/20:
1- Ambas Instituciones en todas sus Delegaciones, permanecerán CERRADAS al público, hasta que el Gobierno Nacional disponga el levantamiento del Aislamiento Preventivo y Obligatorio.
2- Se implementará una Guardia excepcional mínima y restringida para la ATENCION EXCLUSIVA DE ESCRIBANOS, cuyos días, horario y modalidad, se comunicará a la mayor brevedad posible.
3- Se recuerda a todos los Escribanos en ejercicio de la profesión, que continúan las medidas de aislamiento y la apertura de sus oficinas al público, es de carácter excepcional, y podrá atender UNICA Y EXCLUSIVAMENTE en los casos expresamente contemplados en la DA N°467/20 vinculados al DN N°297/20, y toda otra normativa que se dicte al respecto.
4- Que ante el requerimiento expreso, el Notario interviniente es el único responsable de merituar el alcance del mismo, y si encuadra o no en la normativa específica, dejando expresa constancia, en el instrumento que autoriza, tanto en la escritura publica, o en el acta de certificación de firmas como en la foja de certificación, las circunstancias que acreditan y fundan la aceptación del requerimiento, de conformidad a la respectiva norma.
5- Dar cumplimiento a la comunicación al Colegio de Escribanos en el plazo que establece la DA cuando finalice el aislamiento obligatorio, pudiendo hacerlo a través del correo oficial de la Institución admision@escribanoschaco.com
6- Los Escribanos que deban movilizarse deberán gestionar el Certificado Unico Habilitante para Circulación ingresando a htpp/tramitesadistancia.gob.ar/
SE RECOMIENDA LA DETENIDA LECTURA DEL DN N°297/20 Y DA N° 467/20