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COMUNICACION DEL DNRPA
:: Viernes, 07 Agosto 2020
Estimados Colegas:
Desde el CFNA nos han hecho llegar la Disposición 131 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, de interés notarial , al referirse a la renovación de la Cédula de Identificación del Poseedor, cuando su domicilio legal al momento de solicitar la renovación de la Cédula se encuentre en una jurisdicción distinta de la del Registro Seccional de la radicación, el inicio de la petición podrá instrumentarse mediante Solicitud Tipo “02”, “TP” o “TPM” con la firma del poseedor certificada por escribano.
Atentamente.