Novedades
SECRETARIA TÉCNICA - NUEVAS AUXILIARES POR CONCURSO
Importante
INCORPORACIÓN AUXILIARES
SECRETARIA TÉCNICA
Por tercer año consecutivo se ha llevado adelante la selección mediante concurso de dos Escribanas Auxiliares para la Secretaría Técnica.
Bajo la modalidad de contrato de aprendizaje, por el término de un año, se han incorporado a la plataforma de trabajo de la Institución, las Escribanas Estela Maris BILLA y Giselle Marina CUSSIGH, cumpliendo con el espíritu que sustanció esta contratación, esto es, fortalecer la secretaría técnica a la vez de crear un espacio de formación y capacitación para nuevos escribanos que no se encuentren en ejercicio de la profesión. La Secretaría Técnica continúa llevando adelante la sistematización de archivo de documentación; regularización de legajos profesionales, en el adecuado orden cronológico y con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su incolumidad.
Atentamente.
Esc. Heriberto Fabian REGOJO.- PRESIDENTE.
Esc. María de las Mercedes MARINICH.- SECRETARIA.
SOLICITUDES DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO DEL 08 AL 29 DE ENERO DE 2018
SOLICITUDES DE MATERIAL BIBLIOGRÁFICO DEL 08 AL 29 DE ENERO DE 2018
Estimados colegas:
Informamos que hasta el lunes 29 de enero del año en curso, la Biblioteca ANA MARIA LLIGOÑA DE MARTI GARRO de nuestra Institución permanecerá cerrada.
Las inquietudes notariales que deseen evacuar con material bibliográfico durante dicho lapso de tiempo, favor dirigirlas a la casilla de correo electrónico rednotarial@gmail.com o al T.E. 0341 153379802.
Muchas gracias.
MESA DE CONSULTAS
Recordatorio: MESA DE CONSULTAS
10/01/2018
TEMAS NOTARIALES Y REGISTRALES de 14 a 16 hs.
Estimados colegas:
Informamos que este miércoles 10 de enero, funciona en la sede del Colegio sita en Avenida Italia 123 –Resistencia, la Mesa de consulta de temas notariales y registrales, a cargo de la Dra. Lilia Noemí DIEZ, de 14 a 16 horas.
Los Escribanos podrán realizar las consultas asistiendo a nuestra Institución o bien comunicándose telefónicamente a los siguientes números: (0362) 4426556 – 4430551- 4439824 – 4437030 Celular: 3624767162 o por correo electrónico a colegio@escribanoschaco.com
Qué documentos se precisan para viajar al exterior
Qué documentos se precisan para viajar al exterior
Requisitos para salir del país y autorizaciones de menores
Dirección Nacional de Migraciones
Publicado el 15 de Diciembre de 2017
Ante la llegada de la temporada estival y las vacaciones, la Dirección Nacional de Migraciones, organismo dependiente del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, recuerda cuáles son los documentos hábiles para egresar del país por alguno de los 237 pasos habilitados por vía aérea, terrestre, marítima o fluvial, y lo relacionado con autorizaciones de salida de menores.
Argentinos: Podrán viajar con el DNI digital (o Pasaporte) a países del Mercosur (Brasil, Bolivia, Paraguay, Uruguay y Venezuela) y Estados Asociados (Chile, Colombia, Ecuador y Perú). Vale aclarar que para salir del territorio los únicos DNI válidos son los digitales, ya que los escritos a mano carecen de validez. En caso de trasladarse a otras naciones, es imprescindible el Pasaporte y visa en caso de que lo requiera el lugar de destino (consultar con las representaciones consulares si se requiere).
Extranjeros residentes: Pueden viajar a las naciones sudamericanas antes mencionadas con DNI digital o Pasaporte de su país, junto a la constancia de residencia en Argentina. Se sugiere efectuar las consultas a los consulados de los países que se desee visitar. En caso de trasladarse a otros países, es indispensable el Pasaporte, con o sin visa según el lugar de destino. En tanto que quienes ingresaron como “temporarios” o “transitorios” y se hayan excedido en el plazo de permanencia autorizada en el territorio, deberán tramitar la “Habilitación de Salida” ante Migraciones.
Extranjeros no residentes: Para egresar tienen que presentar Pasaporte de su nacionalidad con la constancia de ingreso y permanencia regular. En caso de no poder acreditarlo o haberse excedido en el plazo de estadía autorizada, tendrán que solicitar la “Habilitación de Salida”.
Estas habilitaciones se pueden tramitar en la Sede Central de Migraciones (Av. Antártida Argentina 1355, Edificio 6, sector M, de lunes a viernes, de 8 a 16 horas), en la oficina de la Terminal de Ómnibus de Retiro (lunes a viernes de 9 a 18), en el Aeropuerto de Ezeiza y Aeroparque Jorge Newbery (las 24 horas) y en las distintas delegaciones del país (lunes a viernes en los horarios de funcionamiento habituales de cada representación).
Menores de 18 años: Además del documento de viaje habilitado (DNI digital o Pasaporte), necesitan autorización de acuerdo a diversas consideraciones, entre ellas:
-Si el menor viaja con ambos padres bastará con que acrediten el vínculo mediante Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento (sin importar la fecha de su emisión) o DNI del menor, en donde consten los datos filiatorios de los padres.
-Si lo hace sólo con uno de sus padres, además de demostrar la relación parental con alguno de los documentos referidos, deberá acompañar la autorización del padre/madre ausente.
-Si es hijo de menores, necesitará la autorización de los padres y el permiso de alguno de sus abuelos por cada padre adolescente.
- Si el menor viaja acompañado de su tutor o curador, deberá acreditarse con la resolución judicial respectiva; la designación y aceptación del cargo de tutor o curador.
Toda esta documentación deberá ser presentada en original, o copias debidamente legalizadas o certificadas. En aquellos casos que se trate de escrituras o instrumentos públicos o privados emanados por autoridad extranjera deberá además contar con la traducción si no estuviere redactado en idioma castellano, y legalizado o apostillado según corresponda.
En caso de que uno o ambos padres no puedan o no quieran dar su consentimiento o si el menor se encuentra bajo guarda con fines de adopción o a disposición de un juez, será necesaria la Autorización Judicial Supletoria.
Se recomienda que previo al viaje se consulte en las oficinas de la DNM sobre autorizaciones judiciales o situaciones excepcionales sobre viaje de menores.
Autorizaciones de menores: pueden tramitarse ante escribanos, cónsules argentinos y extranjeros, jueces competentes, autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, jueces de paz y oficinas de esta Dirección Nacional.
Respecto a las emitidas por Migraciones, se pueden tramitar en la Sede Central, en el Aeropuerto de Ezeiza y Aeroparque Jorge Newbery las 24 horas, en Buquebus en el horario de servicio de los buques, en los pasos fronterizos terrestres habilitados y en las delegaciones del país en los horarios de habituales de atención. Cabe recordar que tienen un costo de $ 600, 30 días de vigencia para egresar y sirven para un solo viaje. Para su solicitud deben estar ambos padres presentes, tener sus documentos de identidad incluyendo un documento que acredite la filiación con el menor (Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento). En el caso de autorizar un tutor, debe acompañar la resolución judicial respectiva.
A tener en cuenta: Cualquiera sea el tipo de viaje, duración o destino, es imprescindible que el documento a presentar esté en buen estado de conservación y tener en cuenta que las constancias de DNI en trámite no son válidas como documentos de viaje. A su vez, se recuerda que en todos los casos el trámite es personal y presencial en los puestos de control migratorio.
Para mayor información consultar: www.migraciones.gov.ar
Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias 2018 publicada en el B.O el 29/12/2017
NUEVA LEY Guía Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias 2018
Art. 1 enuncia como sujeto pasivo a las personas humanas y a las jurídicas
Art. 2 inciso 5 grava la venta de inmuebles (enajenación y transferencia de derechos) sin atención al sujeto. Es decir todos.
Art 3 Define transferencia de inmuebles: escritura o posesión lo que sea antes.
Art 21 (ref art 20 LIG) incorpora como exención el inciso o, para la venta de Casa-Habitación.
Art 59 (ref art 89 LIG) toma como criterio para actualizar costo el Indice de precios internos al por mayor
Art 62 (ref art 90 LIG) establece alícuota del 15 % sobre la ganancia neta (Costo actualizado menos valor venta)
Art 63 (agrega al art 90 LIG) explica con mas detalle el mecanismo que de todos modos habrá que reglamentar
Art 86 explica la aplicación temporal del impuesto
En las ventas que autoricemos a partir de ahora debemos analizar el título antecedente y se pueden dar las siguientes opciones:
a) Inmuebles adquiridos hasta el 31/12/17 pagan ITI o hacen reemplazo;
b) Inmuebles adquiridos a partir del 01/01/18 pagan ganancias o declaran que es Casa-Habitacion y quedan exentos (no prevé por ahora certificado);
Falta Reglamentar
Por ahora seguiría vigente la Res 2139 y retendríamos el 3% a cuenta
Ver Ley 27.430 Impuesto a las Ganancias 2018 publicada en el B.O el 29/12/2017
Peritos Inscriptos Año 2018
IMPORTANTE
PERITOS INVENTARIADORES
(ESCRIBANOS)
AÑO 2018
Estimados Colegas;
Adjuntamos Oficio Nº 5737 por el cual se notifica Testimonio de la Resolución Nº 2222 de fecha 22/11/2017 y Nómina de Peritos Inventariadores (Escribanos) inscriptos para el año 2018, en las distintas circunscripciones judiciales.
Notificación Testimonio de la Resolución N°2222
Testimonio Nomina de Escribanos
Nómina 2da Circunscripción Judicial
Nómina 4ta Circunscripción Judicial
Atentamente,
Esc. Heriberto Fabian REGOJO. – PRESIDENTE.
Esc. María de las Mercedes MARINICH. – SECRETARIA