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Novedades

LA JUSTICIA CONFIRMÓ LA ACTUACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO...

:: Viernes, 16 Junio 2017

IMPORTANTE

LA JUSTICIA CONFIRMÓ LA ACTUACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO 

RESPECTO DE LAS DECISIONES ADOPTADAS CON EL DOBLE VOTO DEL PRESIDENTE COMO ASÍ TAMBIÉN AQUELLAS DECISIONES ADOPTADAS FUERA DE LA SEDE DE LA CIUDAD DE RESISTENCIA

Estimados Colegas

Informamos que en fecha 13/06/17 la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial ha dictado resolución en la causa caratulada "COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO C/ INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS Y REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO S/ RECURSO DIRECTO", EXPTE. N° 7880/15-1-0, haciendo lugar al recurso directo interpuesto por el Colegio de Escribanos de la Provincia del Chaco contra la Resolución N° 244/15, emitida por el Sub Inspector a cargo de la Inspección, Esc. Elías Lovey, que declaraba: i) La nulidad de todas las resoluciones adoptadas con el voto o el doble voto del Presidente del Colegio de Escribanos; ii) La irregularidad e ineficacia de todas las resoluciones adoptadas fuera de la sede social de la ciudad de Resistencia del Colegio de Escribanos de la Provincia del Chaco; iii) Declara la ineficacia de la Asamblea Extraordinaria celebrada en fecha 25/10/14; iv) Impone una sanción de multa por supuesto incumplimiento formal. 

La sentencia dictada por la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, deja sin efecto la Resolución 244/15 de la Inspección, reconociendo por tanto la validez de todos los actos cumplidos por el Consejo Directivo, es decir que: declara la validez de todas las resoluciones adoptadas con el voto o el doble voto del Presidente del Colegio de Escribanos de la Provincia del Chaco; la regularidad y eficacia de todas las resoluciones adoptadas fuera de la sede social de la ciudad de Resistencia del Colegio de Escribanos de la Provincia del Chaco; la eficacia de la Asamblea Extraordinaria celebrada en fecha 25/10/14; y libera a nuestra Institución de toda sanción de multa por supuesto incumplimiento formal. 

Cabe aclarar que las actuaciones que dieran lugar a esta resolución de la Inspección, descalificada por la Justicia, fue promovida principalmente a instancia de la denuncia formulada por el Esc. Hector Luis Piñero, en su calidad de matriculado del Colegio de Escribanos.

También debe señalarse que esta decisión de la Inspección, anulada ahora, representa el inicio de una larga controversia planteada en el mismo seno del Consejo Directivo del Colegio de Escribanos, en tanto su composición se elige por mitades cada dos años y existía una mitad que no apoyaba al Presidente Regojo, quienes le negaron el voto apoyados por la Inspección, llegando entonces a impedir la aprobación de los Balances, provocando una crisis interna que llevara hasta la necesidad de convocar una Asamblea bajo el resguardo de otra medida judicial. El Colegio de Escribanos fue hasta intervenido por la Inspección de Personas Jurídicas, todo con base en esta Resolución N° 244/15 que ahora fuera anulada por la Cámara de Apelaciones. 

Es de esperar que a partir de esta sentencia, sigan el mismo curso los otros recursos planteados por el Colegio de Escribanos, a fin de restablecer por fin y de manera definitiva, la regularidad y por sobre todo, la autonomía de esta institución.

Atentamente.

Esc. Heriberto Fabian REGOJO.- PRESIDENTE.

Esc. María de las Mercedes MARINICH.- SECRETARIA 

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